Cataluña retira la custodia de un recién nacido a una mujer víctima de violencia machista
La Dirección de Atención a la Infancia considera factores de riesgo la violencia contra la madre, que vive en un piso protegido, y que no tenga casa propia. Solo puede ver al bebé una hora a la semana con supervisión
S. B. se escapó de casa después de que su pareja le diera una paliza en mayo. Estaba embarazada de tres meses. Denunció y obtuvo una orden de alejamiento de su agresor. Ingresó en un centro de emergencia y después pasó a un piso de protección para iniciar un proceso de recuperación con psicólogos y poder seguir su embarazo con tranquilidad. Pero en julio la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGPPIA) abrió expediente por desamparo preventivo sobre su futuro hijo. El 30 de octubre, tres semanas antes de dar a luz, las trabajadoras sociales la citaron en la sede de Barcelona para explicarle que, cuando naciera su bebé, no podría quedarse con él.
El niño nació a finales de noviembre. No le dejaron darle el pecho, ni que pudiera sacarse la leche para que se la dieran después. Solo podía verlo dos horas al día mientras estuvieron en el hospital y, desde que salieron, una hora a la semana. Ahora vive con una familia de forma temporal. En la resolución de desamparo preventivo, fechada el 27 de noviembre y a la que ha tenido acceso EL PAÍS, la DGPPIA decide la retirada de la custodia basándose en cuatro indicadores de riesgo. El primero es “el estado psicológico de la progenitora, que está diagnosticada de un trastorno de ansiedad”. El segundo, “la violencia machista en el entorno familiar del nasciturus [el futuro bebé] ya que, aunque la paternidad no conste determinada, sobre quien pudiera ser el progenitor pesa una orden de alejamiento por delitos relacionados con la violencia sobre la mujer”.
El tercero son “las situaciones de riesgo” en las que se habría puesto S. B. al acercarse “en varias ocasiones al municipio en el que residen los investigados sobre los que se han dictado órdenes de alejamiento”, en referencia a dos parejas a las que denunció por maltrato. La mujer (a la que se cita en esta información con iniciales para preservar su seguridad) asegura que solo han sido dos visitas y una de ellas fue por una cita con la propia Dirección General de Atención a la Infancia. En ambas ocasiones, ella avisó a los mossos d’esquadra y grabó las llamadas, que este periódico ha podido escuchar.
El último indicador de riesgo que cita el informe es “la falta de una vivienda propia, ya que actualmente reside en un piso de protección”. S. B., que vive en la provincia de Barcelona, tiene empleo fijo, aunque en estos momentos está de baja médica por las secuelas que le ha dejado la violencia sufrida. Para su abogada, quitarle al bebé “se basa en argumentos que no justifican la retirada neonatal” y considera que el equipo que ha tomado la decisión no lo ha hecho con criterios profesionales, sino basándose “en prejuicios”.
El Departament de Drets Socials de la Generalitat de Cataluña, del que depende la DGPPIA, ha declinado ofrecer su versión sobre los motivos para incluir en las valoraciones de riesgo de S. B. y su hijo la violencia machista o que no tenga casa propia, aunque conocen que vive en un piso protegido. No han argumentado tampoco por qué la separaron del menor nada más nacer. Solo señalan que, en líneas generales, el proceso de desamparo y la retirada de un menor de su núcleo familiar “no es una decisión fácil y no es aleatoria ni subjetiva, es una decisión colegiada”. Y aseguran que el desamparo se decreta solo en aquellos casos en los que se detectan en el entorno del niño “indicadores de desprotección” que justifiquen la medida, que “siempre es la última opción”.