Condenado a cuatro años de cárcel por agresión sexual a una menor de 14 años que era la ex de su hermano
El acusado era plenamente consciente de la edad de la víctima.
La Audiencia de Valladolid ha impuesto una pena de cuatro años de cárcel a un varón de 20 años por delito de agresión sexual sobre una menor de 14, exnovia de su hermano, de 15, con la que mantuvo relaciones sexuales, pese a ser plenamente consciente de su minoría de edad, tras quedar con ella en una zona arbolada contigua a la iglesia del Carmen de Extramuros de la capital en junio de 2023.
En su sentencia, el tribunal sentenciador, frente a los diez años y seis meses de cárcel solicitados por las acusaciones pública y particular, ha resuelto condenar al encausado a los citados cuatro años por delito de agresión sexual a menor de 16 años, en su modalidad atenuada y con la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal consistente en la atenuante analógica de confesión, así como a la prohibición de aproximarse a la menor, su domicilio, lugar de estudio, en su caso, u otros que frecuente a una distancia inferior a 300 metros, y de comunicarse con ella, por cualquier medio, incluido el telemático y por persona interpuesta, por tiempo de dos años superior al de la pena privativa de libertad impuesta.
A ello se suma la medida de libertad vigilada por seis años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad; inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y personas con discapacidad por un tiempo de diez años superior al de la pena privativa de libertad impuesta y, en concepto de responsabilidad civil, el pago a los padres de la menor de 3.000 euros por los daños morales ocasionados.
Las acusaciones pública y particular habían pedido por este último concepto 12.000 euros, y a mayores la segunda de ambas partes pidió incluir las facturas por los costes del tratamiento psicológico y psiquiátrico que había recibido y seguía recibiendo la menor, y el daño moral derivado de la gravedad de los hechos, la vulnerabilidad de la menor y la persistencia de secuelas de carácter psiquiátrico como consecuencia de los hechos delictivos.
Pese a que las relaciones entre el joven y la menor fueron plenamente consentidas por ambas partes y que el primero alegó en el juicio desconocer la minoría de edad de ella, la Audiencia de Valladolid da mayor mayor credibilidad a las primeras afirmaciones del acusado en las que llegó a reconocer que sí lo sabía.
Los hechos considerados probados se remontan al mes de junio de 2023 cuando el ahora condenado, de 20 años, conoció a la menor, de 14, ya que ésta había sido la pareja sentimental de su hermano, también menor de edad, durante las primeras semanas del citado mes. Una vez rota la relación sentimental entre la menor y el hermano del procesado, este último, con conocimiento de la edad de la menor, le pidió su Instagram y su teléfono, siguiéndola por redes sociales.