El Gobierno repara la pifia que obligaba a pagar IRPF a unos 100.000 parados
Empezó como un aparentemente inocuo retoque legislativo y ha terminado como una de las más contundentes rectificaciones del Gobierno a un Ministerio en la última legislatura. El Ejecutivo ha aprovechado el real decreto ley ómnibus aprobado el martes por el Consejo de Ministros para revocar la reforma del artículo 299 de la Ley de Seguridad Social, el que regula las obligaciones de trabajadores, solicitantes y beneficiarios por desempleo, aprobada en mayo de 2024 por el Ministerio de Trabajo y que establecía como nuevo requisito para los perceptores de prestaciones y subsidios el de «presentar anualmente la declaración correspondiente al IRPF».El Ministerio que dirige Yolanda Díaz explicó en su día el ajuste como una especie de cautela regulatoria para establecer un mejor control sobre el cumplimiento del requisito de rentas exigible para ingresar las prestaciones por desempleo, con el objetivo final de que la información que proporcionan en origen los beneficiarios a través de una declaración responsable pudiera ser contrastada a posteriori con sus declaraciones de renta, del mismo modo que sucede con el Ingreso Mínimo Vital.Noticia Relacionada estandar Si Un cambio legal de Yolanda Díaz obligará a unos 100.000 parados a pagar más impuestos Bruno Pérez El nuevo requisito regulatorio de tener que presentar la declaración de la renta para mantener el cobro del paro les meterá en una trampa regulatoria del IRPF con un coste de cientos de eurosTrabajo no calculó bien el desaguisado fiscal que podía causar . Muchos beneficiarios ocasionales de prestaciones por desempleo ya tenían la obligación de presentar la declaración porque, aunque no llegaran a los 22.000 euros anuales que obligan a hacer cuentas con Hacienda, acreditaban ingresos de más de un pagador lo que les obligaba a dar cuenta de sus rentas; pero resulta que había cerca de un millón de beneficiarios que no tenían esa obligación y a los que la reforma de Trabajo les forzaba a presentar la declaración de la Renta y en muchos casos a pagar una factura fiscal de la que hasta entonces estaban exentos.Según cálculos realizados por el Registro de Asesores Fiscales (Reaf), el coste de las nueva obligación formal impuesta por Trabajo oscilaría entre los 10 euros más para los beneficiarios que ingresen 16.000 euros de la prestación por desempleo, a los 100 euros más si esa nómina anual es de 17.000 euros, y los 180 euros extra si el seguro del paro le genera unos ingresos de 18.000 euros, una situación en la que según los datos oficiales estarían alrededor de 100.000 parados. El resto de potenciales afectados se librarían de esa factura fiscal por el juego de la reducción por rendimientos del trabajo y de los mínimos personales y familiares.Una vez el Gobierno fue consciente del embrollo trató de resolverlo a las bravas. Hacienda anunció que no exigiría la presentación de declaración de la Renta a los afectados, ya que entendía que era una obligación administrativa, no fiscal. Pero ante la evidencia de que estos la acabarían presentando por la amenaza legal de perder su prestación si no lo hacían, Trabajo emitió un criterio interpretativo que desactivaba la aplicación de norma, al menos para la renta de 2024.El Gobierno ha decidido ahora dejarse de parches y revocar la medida. Asume que la reforma «no ha resultado adecuada, y que concurren motivos que justifican su supresión ya en el año 2026». Y concluye que «la extensión de la obligación de presentar declaración por IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo no supone solo una obligación formal, sino que además implica que muchos de estos contribuyentes tengan obligación de autoliquidar e ingresar una cuota tributaria a la que no estarían obligados de acuerdo con la normativa estrictamente tributaria«.

