La Fiscalía pide al Supremo anular la condena contra García Ortiz
La número dos de la Fiscalía del Tribunal Supremo, la teniente fiscal María de los Ángeles Sánchez Conde, ha presentado un incidente por el que pide la nulidad de la condena al anterior Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz , por un delito de revelación de datos reservados respecto al caso de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Por dicha cuestión, le imponía el tribunal una multa de 7.200 euros, inhabilitación por dos años y el pago de una indemnización de 10.000 euros a González Amador por daños morales.En su incidente de nulidad, al que ha tenido acceso ABC y que resultaba esperable, la Fiscalía asume el relato de la defensa y critica la sentencia porque « parece desdoblar los hechos objeto de imputación considerando punibles tanto la redacción y publicación de la nota informativa como la filtración del correo de 2 de febrero de 2024».Según se puede leer, este hecho es «novedoso» porque «trastoca de modo radical el objeto del proceso, el hecho imputado, sin que de ello se haya dado oportunidad de alegación y de contradicción al acusado» . La Teniente Fiscal explica que «de considerarse la nota informativa delictiva por que contenía información que no debía ser divulgada y que para poder publicitar la misma se había procedido previamente por el acusado a la filtración de dicha información para así poderla hacer pública, hemos pasado a considerar típica la confección y publicación de la referida nota, aunque todos los extremos en ella contenidos, todos los datos que en ella se hacían constar, fueran públicos con anterioridad a su difusión sin que el señor García Ortiz hubiese participado previamente en su difusión a través de su filtración a muchos periodistas».«Trastoca de modo radical el objeto del proceso, el hecho imputado, sin que de ello se haya dado oportunidad de alegación y de contradicción al acusado»Y, mencionando a los reporteros citados en el juicio, la Fiscalía sostiene que se « vulneró la presunción de inocencia al ignorarse los testimonios de los periodistas Miguel Angel Campos, José Precedo y Alfonso Pérez Medina».«Prescinde de testimonios y hechos sin explicación»Por tanto, en el escrito de la Fiscalía se puede leer que « el análisis probatorio de la sentencia no puede ser compartido , al prescindir del testimonio de otros muchos periodistas que declararon en el plenario y que acreditaron que estaban en posesión del correo de 2 de febrero de 2024, con anterioridad al que el Excmo. Sr. Fiscal General del Estado lo hubiera recibido».«Todo ello pone de manifiesto que la sentencia prescinde sin explicación alguna del análisis del testimonio de muchos testigos de descargo«En ese sentido, el escrito denuncia que la sentencia «prescinde de testimonios de descargo» . «Todo ello pone de manifiesto que la sentencia prescinde sin explicación alguna del análisis del testimonio de muchos testigos de descargo, que además, prescinde del hecho públicamente acreditado de que La Sexta publicó a las 22.10 horas de dicho día, esto es, horas antes a que lo hiciera la Cadena Ser, una noticia donde daba cuenta de la información que se contenía en el correo de 2 de febrero y que acreditó que dicho correo estaba en su poder tiempo antes a que lo hubiera recibido el señor García Ortiz y que también omite todas las corroboraciones documentales de las informaciones que se desprendían del testimonio de los periodistas del El País y del extremo de que no hubo en aquella noche ningún contacto telefónico del señor García Ortiz con ningún periodista».Hay que recordar que este incidente de nulidad presentado es un paso necesario, casi un trámite, para elevar al Tribunal Constitucional un recurso contra la sentencia. Un paso que ya desde el Gobierno se ha venido deslizando y avanzando desde que se conocieron el fallo y la sentencia.Este incidente va en línea a lo que ya expresaron las magistradas del Tribunal Supremo Susana Polo y Ana Ferrer, las dos únicas de los siete jueces de la sala que mostraron su desacuerdo con la sentencia y emitieron un voto particular al que se refiere el texto del incidente de la Teniente Fiscal en varias ocasiones. En aquel, se defendía libre absolución del delito de revelación de secretos o informaciones y lamentaban que la sentencia mayoritaria se apoyaba en una «mera sospecha» .En su sentencia, el Tribunal Supremo aseguró que García Ortiz «quebrantó sin justificación» el deber de reserva y confidencialidad y consideró el borrado de mensajes un «hecho cierto y de especial relieve». Además, defendía que existía un «cuadro probatorio sólido, coherente y concluyente».La postura del GobiernoEl Ejecutivo de Pedro Sánchez, desde el presidente a casi todos los ministros, defendieron públicamente su creencia en la inocencia del anterior Fiscal General del Estado, que abandonó el cargo el pasado 24 de noviembre, para dejar su puesto a otra colega de la Asociación Progresista de Fiscales (APIF) como Teresa Peramato.El 'leit-motiv' gubernamental era que «se acataba» el fallo que no «se compartía», aunque, tras conocerse la sentencia ministros más belicosos llegaron a cargar contra la «creatividad» de la misma y aseguraban, como Óscar López, que era un «ejercicio de intentar justificar, desde mi punto de vista, lo injustificable».El propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, aseguró que confiaba seguro de que «otras instancias» superiores, en alusión a la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional, «trasladarán otro fallo diferente» al del Tribunal Supremo. Paso que tras el incidente de nulidad presentado hoy conocido estaría más cerca.